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Convenciones de las Naciones Unidas sobre seguridad vial

Convenciones de las Naciones Unidas sobre seguridad vial

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Existen 59 instrumentos jurídicos de las Naciones Unidas en el ámbito del transporte terrestre que son administrados por la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE). De las 59 convenciones, siete instrumentos se consideran prioritarios en seguridad vial para la adhesión:

- Convención de 1968 sobre la circulación vial;
- Convención de 1968 sobre la señalización vial;
- Acuerdo de 1958 relativo a la adopción de reglamentos técnicos armonizados de las Naciones Unidas aplicables a los vehículos de ruedas y los equipos y piezas que puedan montarse o utilizarse en estos, y sobre las condiciones de reconocimiento recíproco de las homologaciones concedidas conforme a dichos reglamentos de las Naciones Unidas;
- Acuerdo de 1997 relativo a la adopción de prescripciones uniformes para las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de ruedas;
- Acuerdo de 1998 relativo al establecimiento de reglamentos técnicos mundiales aplicables a los vehículos de ruedas y a sus equipos y piezas;
- Acuerdo de 1957 relativo al Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR);
- Acuerdo de 1970 sobre trabajo de tripulaciones de vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera (AETR).

Las convenciones sirven de base para que los estados establezcan marcos jurídicos nacionales que prevengan las muertes y lesiones causadas por accidentes de tráfico. La gobernanza de la seguridad vial se basa, ante todo, en la voluntad política de crear y llevar a cabo una estrategia y un programa nacionales. En las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas relativas al «mejoramiento de la seguridad vial en el mundo» se invita a todos los Estados miembros a que se adhieran a las convenciones y acuerdos.